¿Quién puede considerarse empleador según los tribunales?
Nuestra abogada experta del área VA Laboral Génesis Faúndez Velasco, fue consultada por el Diario Las Últimas Noticias para analizar un reciente fallo de la Corte de Apelaciones que acogiendo recurso de nulidad, aborda este asunto clave para la relación empleador – trabajador.
Algunas materias importantes a considerar:
El fallo aplica el artículo 146 del Código del Trabajo, que establece que las trabajadoras de casa particular prestan servicios a una o más personas o familia. Esto significa que el poder de mando y dirección del empleador, en el caso de este tipo de contratos, no necesariamente recae en una sola persona, sino que puede distribuirse entre quienes habitan el hogar, pues todas dirigen los servicios de la trabajadora.
En este caso, el tribunal determinó que la trabajadora prestaba servicios en un hogar común, por lo que tanto el demandado como su expareja tenían responsabilidades como empleadores. Este criterio se ha utilizado en otros casos laborales, aunque no siempre se aplica de manera uniforme. Lo que es clave para los empleadores es entender que la relación laboral no se basa solo en la formalidad y lo que señala el contrato, que es importante, sino que también en la realidad de los hechos.
La “sana crítica” es el método que los jueces deben seguir al valorar las pruebas en un juicio. No se trata de decidir de manera subjetiva, sino de analizar la evidencia en base a los principios de la lógica, la máxima de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados. Cuando un fallo se dicta con “manifiesta infracción a la sana crítica”, significa que el tribunal no evaluó correctamente la prueba o no justificó bien su decisión. En este caso, la Corte consideró que el juzgado del trabajo, no explicó adecuadamente por qué descartó la relación laboral con el demandado, pese a que había evidencia de que la trabajadora prestaba servicios en su hogar.
Si hay más de un empleador, la responsabilidad debería repartirse entre ambos.
Esto demuestra la importancia de que los empleadores de trabajadoras de casa particular formalicen bien sus relaciones laborales y definan claramente quién asume las responsabilidades.
Casos como el que resolvió la Corte de Apelaciones de Santiago demuestran que los tribunales aplican con rigor la legislación laboral, incluso en el trabajo doméstico.
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